JOYLEND

Descubre en JOYLEND el socio financiero confiable.flexible.profesional.

Ofrecemos soluciones de financiamiento personalizadas para pequeñas y medianas empresas, así como para personas físicas con actividad empresarial.

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En JOYLEND, entendemos las necesidades financieras únicas que enfrentan tanto los propietarios de pequeñas y medianas empresas como las personas físicas 

Nuestra misión es proporcionar soluciones de financiamiento adaptadas a cada situación, brindando atención personalizada y resultados inmediatos.

Ofrecemos financiamiento accesible y flexible. Impulsamos el crecimiento empresarial con créditos adaptados.
Contribuimos al desarrollo económico regional

Nuestras soluciones

Brindamos financiamiento personalizado con atención dedicada y procesos ágiles. 

Crédito PYME

Nuestro financiamiento empresarial personalizado se adapta a las necesidades específicas de tu empresa. Con nuestra atención al detalle y conocimiento del mercado local, trabajaremos estrechamente contigo para desarrollar un esquema de financiamiento que maximice la productividad y el crecimiento de tu negocio.

Crédito personal

Nuestro crédito proporciona una solución confiable y accesible para personas físicas que buscan maximizar su actividad profesional. Con respuesta inmediata y un proceso transparente, te brindamos un camino confiable respaldado por nuestro compromiso con la excelencia en el servicio al cliente y la integridad en cada transacción.

ENTIDADES

Supervisión y aliados estratégicos

JOYLEND SAPI DE CV SOFOM ENR es parte integral del Sistema Financiero Mexicano, sujeta a la supervisión y regulación de entidades como la CNBV y CONDUSEF.

Joylend, Tu Aliado para crecer

JOYLEN SAPI DE CV SOFOM ENR, en su carácter de sociedad financiera de objeto múltiple no regulada, de acuerdo al artículo 87-J de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito no requiere autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y sus operaciones se encuentran sujetas a la supervisión y vigilancia de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en términos del artículo 56 y 95 BIS de la referida Ley.